Presentación

La Medicina deportiva en el ámbito local.
 
Desde el Plan Gral del Deporte en Andalucía se contempla un “Plan Local de Instalaciones deportivas” y se propone como iniciativa desde el Consejo Superior de Deportes la creación de Servicios de Medicina Deportiva municipales que pudieran plantear un “Plan Local de Salud en la práctica deportiva”, donde los agentes sociales implicados hayan tratado de conjuntar equipos multidisciplinares (que incluyan médicos especialistas, licenciados de Ed. Física, nutricionistas, fisioterapeutas, enfermeros, podólogos, psicólogos y técnicos deportivos) de atención al ciudadano para la prescripción de programas de actividad física y alimentación segura, adaptada y controlada (considerando la existencia de patologías coadyuvantes) junto a la orientación (información y formación) en la práctica deportiva en el lugar de trabajo, o en su tiempo libre, como hábito de vida saludable.
Aún marcándose líneas estratégicas en referencia a las medidas de actuación sobre las Unidades Municipales de Actividad Física, no queda establecido definitivamente la gestión administrativa por el Servicio Sanitario Público Andaluz o por las Corporaciones locales (Ayuntamientos).
 
La medicina del deporte en el ámbito local tiene unas características diferenciales, ya que está centrada en la práctica deportiva general (deporte para todos) y en la iniciación deportiva (deporte base y en edad escolar), atendiendo a los grupos especiales de la población (mayores, mujeres, discapacitados, escolares, etc.) con un marcado objetivo preventivo y cuyo campo de intervención es diverso (sistema sanitario público, privado, perteneciente a entidades deportivas u organismos autónomos: Institutos, Fundaciones, Patronatos, etc.), pudiendo atender a federados o no, pero con la convicción de saber que el ámbito local o municipal circunscribe la territorialidad de su entorno deportivo y su dedicación al ciudadano y cuya finalidad es:
 
“La atención integral (valoración, prescripción, planificación, programación y control) del ciudadano en su práctica deportiva, en espacios deportivos municipales, laborales, naturaleza, etc. durante su jornada de trabajo y/o en su tiempo libre, de manera segura y adaptada a su estado de salud y condición física.”
 
En Andalucía, según el Decreto 183/2006, para acreditación de los Centros deportivos y su registro se establece la existencia de SERVICIOS DE MEDICINA DEPORTIVA en los “Centros deportivos Superiores” (artículo 20) y en los “Centros deportivos Excelentes” (artículo 29). Un Servicio de Medicina deportiva municipal o local, puede desarrollar sus prestaciones integrados en una organización no sanitaria como una Federación, Centro de Alto rendimiento, Fundación, Patronato o Instituto Municipal del Deporte o estar ubicado en una Instalación deportiva, centro deportivo privado por la mejora de la calidad asistencial y/o de servicios ofertados en relación a la Salud y la Actividad físico-deportiva.
 
 
DECÁLOGO DE SALUD EN EL DEPORTE MUNICIPAL (AEMEDEMU-2004)*
 
Marco Jurídico
 
Legislación vigente en materia de Salud, Deporte, la Administración pública, entre otras y tanto a nivel estatal, autonómico como local, contemplando su Normativa de desarrollo y aplicación.
 
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